Programa Cuyahoga ARPA for Arts | Financiación para artistas individuales y empresas creativas

El condado de Cuyahoga ha dedicado 3,3 millones de dólares de la Ley del Plan de Rescate Americano (ARPA) a apoyar el sector artístico y cultural del condado de Cuyahoga, que ha experimentado una devastadora pérdida de ingresos y puestos de trabajo como consecuencia de la pandemia del COVID-19.

1,65 millones de dólares se distribuirán entre organizaciones artísticas y culturales sin ánimo de lucro a través de Cuyahoga Arts & Culture. Se distribuirán 1,65 millones de dólares a empresas creativas con ánimo de lucro y a artistas individuales a través de Assembly for the Arts. La financiación proporcionará un apoyo crítico para la recuperación de las comunidades artísticas y culturales del condado de Cuyahoga.

Resumen del programa

La Asamblea para las Artes está gestionando la distribución de 1,65 millones de dólares en fondos destinados a apoyar a las empresas creativas con ánimo de lucro del condado de Cuyahoga y a los artistas/trabajadores culturales. Estos fondos se asignarán de la siguiente manera:

Empresa creativa con fines de lucro $750,750
Artistas $750,750
Gastos administrativos $148,500

Nota: Todos los costes deben cumplir con cualquier orientación, preguntas y respuestas frecuentes emitidas por el gobierno federal o el Estado de Ohio, que incluye, sin limitación, el Tesoro de los Estados Unidos, la Oficina del Inspector General, el Auditor del Estado de Ohio y la Oficina de Presupuesto y Gestión de Ohio.

Los solicitantes pueden presentarse al programa de Artistas o al de Empresas. Los solicitantes no pueden solicitar o recibir fondos de ambos programas.

Si no está seguro de a qué programa debe presentarse, consulte las directrices de elegibilidad para las definiciones y los requisitos de ambos programas a continuación.

* Debido a la limitación de los fondos, no se garantiza que todos los solicitantes elegibles reciban una asignación de Cuyahoga ARPA.


Artistas individuales

La financiación está disponible para profesionales independientes y creativos que obtienen ingresos de su arte y son:

LOCAL: Reside en el condado de Cuyahoga

PROFESIONALMENTE CREATIVO: Haber obtenido ingresos por crear, interpretar, enseñar o asistir en el desarrollo de trabajos en las disciplinas de Artesanía, Danza, Diseño, Cine, Medios de Comunicación, Música, Teatro e Interpretación, Artes Tradicionales, Arte Visual o Escritura, antes del 1 de marzo de 2020.

Los solicitantes deben aportar pruebas del trabajo creativo a través de imágenes de muestra y/o archivos electrónicos o información en línea [por ejemplo, sitios web, páginas de medios sociales, etc.] indicando, el trabajo que ha sido creado en los últimos cinco (5) años [por ejemplo, sitios web, páginas de medios sociales, etc.].

HAN PERDIDO INGRESOS: Pérdida de ingresos, u oportunidades de exhibición de espectáculos debido a cancelaciones y cierres después del 1 de marzo de 2020

GIG WORKERS: Obtienen ingresos de su práctica creativa a través de un contrato o un trabajo de concierto. Los artistas no deben obtener ingresos a través de una empresa creativa registrada que solicite el programa empresarial ARPA

ADULTOS: Tienen al menos 18 años de edad

RESIDENTES LEGALES: Pueden proporcionar un SSN o un número de identificación fiscal

  • Limitado a una solicitud por artista. No se aceptarán solicitudes duplicadas
  • Los artistas no son elegibles si ellos:
    • Desempeñar un papel ejecutivo en una organización sin ánimo de lucro que solicite fondos ARPA a través de Cuyahoga Arts & Culture
    • Poseer o gestionar una empresa creativa que solicite financiación ARPA a través de la Asamblea de las Artes
    • Son empleados, miembros de la junta directiva, directores o funcionarios de Assembly for the Arts, Cuyahoga Arts & Culture (CAC) o el Arts and Culture Action Committee (ACAC)

Las decisiones de financiación se tomarán en función del número de solicitantes que cumplan los requisitos y no superarán los 2.500 dólares.

Todas las solicitudes serán revisadas para determinar la financiación después de la fecha límite del 30 de septiembre de 2022. Las asignaciones de fondos se determinarán en base a un conjunto de criterios que incluyen las pérdidas de ingresos porcentuales reportadas entre 2019 y 2021 y un sistema de valor de puntos que se basará en lo siguiente:

  • Datos de la sección censal
  • Pautas federales de pobreza
  • Determinantes sociales / factores de riesgo

Los datos de la zona del censo se recopilarán mediante la búsqueda inversa de direcciones residenciales utilizando una herramienta de censo verificada. El tamaño de la familia y los ingresos serán declarados por los propios solicitantes y se utilizarán para determinar en qué punto se encuentra cada solicitante dentro de las Directrices Federales de Pobreza para 2022 en Ohio.

Los determinantes sociales y los factores de riesgo adicionales se evaluarán mediante una serie de preguntas relacionadas con la seguridad financiera, médica, alimentaria, de vivienda, familiar y de transporte. *Preguntasy factores que figuran en el Apéndice A

Se dará prioridad a los más afectados por los cierres de las pandillas, incluidas las familias de bajos ingresos, los altos porcentajes de pérdidas de ingresos debido a los cierres de negocios y las personas que corren mayor riesgo por haber sido históricamente marginadas. De acuerdo con la declaración de propósitos de Grantmakers in the Arts "Racial Equity: Declaración de propósitos", estas comunidades incluyen: Africanos y afroamericanos; latinos; asiáticos y asiáticos americanos; árabes; nativos americanos; isleños del Pacífico; lesbianas, gays, bisexuales, queer; transexuales y personas con variantes de género; personas con discapacidades; y mujeres.

La información demográfica no se incluirá en la solicitud y no se utilizará para la determinación final de la financiación. La Asamblea recopilará estos datos de quienes reciban fondos a través del programa y se utilizarán para la elaboración de informes y la evaluación del programa.

  1. Me preocupa o inquieta la posibilidad de que en los próximos dos meses no tenga una vivienda estable en propiedad, en alquiler o como miembro de un hogar.
  2. En los últimos 12 meses, me preocupaba que se me acabara la comida antes de tener dinero para comprar más.
  3. No he podido desplazarme al trabajo o adquirir productos básicos para el hogar o la medicina debido a
    distancia y/o porque no tengo acceso al transporte.
  4. En los últimos 12 meses, la compañía de electricidad, gas, aceite o agua me ha amenazado con cortar o ha cortado los servicios de mi casa.
  5. Los problemas para conseguir una guardería me dificultan trabajar o estudiar.
  6. Actualmente no tengo trabajo.
  7. A menudo o a veces me preocupa no tener suficiente dinero para pagar mis facturas.
  8. He sufrido discriminación por motivos de raza, etnia, sexo, orientación sexual, edad o discapacidad
  9. Mi barrio tiene un alto índice de violencia, aire o agua inseguros, y/o otros riesgos para la salud y la seguridad.
  10. No he podido recibir atención médica por falta de seguro médico.

Abordar las cuestiones de:

  • Pérdida de trabajo a tiempo completo, a tiempo parcial o por contrato debido a la COVID-19
  • Falta de red de seguridad financiera
  • Deuda inmanejable
  • Enfermedades de alto riesgo o crónicas
  • Falta de seguro médico
  • Vivir con una discapacidad (física, invisible, otra)
  • Responsabilidad financiera por las personas a cargo
  • Situación de monoparentalidad
  • Estatus de refugiado
  • Falta de acceso a un transporte fiable
  • Vivienda inestable / falta de seguridad en la vivienda
  • De un grupo que experimenta disparidades sanitarias
  • Oferta de prácticas creativas gratuitas por el cierre de colegios y empresas
  • Costes adicionales derivados directamente de COVID-19

Estos fondos son para apoyar a las personas que se enfrentan a dificultades económicas debido a la pandemia de COVID-19. El hecho de haber recibido previamente fondos de CARES u otros programas federales de ayuda para el Coronavirus no excluye a los artistas de solicitarlos. Sin embargo, los fondos de Cuyahoga ARPA for Arts no pueden utilizarse para gastos en los que se haya incurrido como resultado directo de la pandemia de COVID-19 o de directivas u órdenes ejecutivas relacionadas que hayan sido CUBIERTAS PREVIAMENTE por el gobierno federal a través de la financiación anterior de la Ley CARES u otros programas federales de ayuda. Informar sobre los gastos para Cuyahoga ARPA que han sido cubiertos previamente por otros fondos federales de ayuda (tendrá o podrá) resultar en la devolución de su asignación al gobierno federal.

Estos fondos pueden utilizarse para:

  • gastos de manutención actuales y nuevos
  • gastos de guardería
  • alquiler, equipamiento y material artístico
  • otros elementos necesarios para mantener su práctica artística y su futura estabilidad económica a través de esa práctica creativa.

Estos fondos no pueden utilizarse para:

  • Gastos ya cubiertos por anteriores programas federales de ayuda
  • Acuerdos legales
  • Bonificaciones a la plantilla
  • Indemnización por despido
  • Reembolsos
  • Campañas políticas o candidatos
  • Actividad ilegal

Los artistas financiados tendrán la opción de que su nombre se haga público en el marco del programa de financiación ARPA for Arts y deberán informar a la Asamblea para las Artes sobre el uso de los fondos.


Pequeñas empresas creativas

La financiación está disponible para las empresas que:

LOCAL: Con sede en el condado de Cuyahoga

EN ACTIVIDAD: Actualmente en actividad y haber estado en pleno funcionamiento antes del 1 de marzo de 2020

PEQUEÑA: Emplea a 50 o menos trabajadores equivalentes a tiempo completo (ETC)

HAN PERDIDO INGRESOS: Pueden demostrar un descenso de al menos el 45% de los ingresos entre 2019 y 2021

JURÍDICA: Registrada como sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada o sociedad colectiva

EMPLEADORES: Deben emplear a empleados a tiempo completo (ETC), no sólo a contratistas

APOYO A LAS ARTES: Debe apoyar a los artistas a través de su modelo de negocio

  • Las empresas elegibles deben poder indicar que una parte de los ingresos generales de su negocio se dedica sistemáticamente a apoyar a otros creativos y artistas. Esto incluye, pero no se limita a, cosas como la contratación de artistas, el apoyo a los artistas y creativos de la comunidad a través de la programación, el pago a los artistas por su trabajo para apoyar su negocio, la oferta de bienes y servicios que benefician a los artistas o les permiten presentar su trabajo.

CREATIVO: Debe responder a una definición compartida de empresa creativa:

  • Una entidad con ánimo de lucro que contribuye a la economía de las artes y la cultura del condado de Cuyahoga a través de la venta de bienes o servicios que entran en las categorías de Artesanía, Danza, Diseño, Cine, Medios de Comunicación, Música, Teatro e Interpretación, Artes Tradicionales/Folklóricas, Arte Visual o Escritura.

Si tiene alguna duda sobre si su empresa puede ser considerada una empresa creativa, póngase en contacto con la Asamblea en arpa@assemblycle.org

El hecho de haber recibido previamente financiación federal de la Ley CARES en 2020 no impide que las empresas presenten su solicitud. Sin embargo, se dará prioridad a aquellas empresas que no hayan recibido previamente financiación de la Ley CARES en el condado de Cuyahoga.

  • Limitado a una solicitud por empresa/número de TIN-EIN.
  • Las empresas no son elegibles si son
    • Cotización en bolsa
    • Multinacional
    • Actualmente se encuentra en suspensión de pagos o en quiebra
    • El empresario desempeña un papel ejecutivo en una organización sin ánimo de lucro que solicita fondos ARPA a través de Cuyahoga Arts & Culture
    • El empresario solicita fondos ARPA como Artista a través de la Asamblea para las Artes
    • El propietario de la empresa es un empleado, miembro de la junta, director o funcionario de Assembly for the Arts, Cuyahoga Arts & Culture (CAC) o Assembly for Action

Las empresas elegibles recibirán hasta el importe máximo de financiación para su tamaño de presupuesto:

Ingresos anuales Importe máximo de la financiación
 $1,000,000+ $45,000
 De 500.000 a 999.999 dólares $25,000
De 100.000 a 499.999 dólares $10,000
menos de 100.000 dólares $5,000

 

Las asignaciones de fondos se determinarán sobre la base de un conjunto de criterios que incluyen las pérdidas de ingresos porcentuales notificadas entre 2019 y 2021. Las empresas deben indicar un descenso del 45% en los ingresos, basándose en los ingresos brutos declarados entre los años naturales 2019 y 2021. Además, las empresas deben informar de los gastos incurridos en 2021. Los totales de gastos no se utilizarán para determinar el tamaño de la subvención, pero sí para validar el tamaño del presupuesto.

En caso de que el número de empresas que soliciten fondos ARPA supere la cantidad de dólares disponibles, las determinaciones de financiación se harán utilizando un sistema de valor de puntos, basado en lo siguiente:

  • Datos de la sección censal
  • Factores de los grupos marginados
  • Recepción previa de fondos CARES de Arts Cleveland

Estos fondos son para apoyar a las pequeñas empresas creativas con fines de lucro que enfrentan dificultades económicas debido a la pandemia de COVID-19. El hecho de haber recibido previamente fondos de CARES u otros programas federales de ayuda contra el Coronavirus no excluye a las empresas de presentar una solicitud. Sin embargo, los fondos de Cuyahoga ARPA for Arts no pueden utilizarse para gastos en los que se haya incurrido como resultado directo de la pandemia de COVID-19 o de directivas u órdenes ejecutivas relacionadas que hayan sido CUBIERTAS PREVIAMENTE por el gobierno federal a través de la financiación anterior de la Ley CARES u otros programas federales de ayuda. Informar sobre los gastos para Cuyahoga ARPA que han sido cubiertos previamente por otros fondos federales de ayuda puede resultar en la devolución de su asignación al gobierno federal.

Esta financiación puede utilizarse para:

  • Ayuda al alquiler y/o a la hipoteca
  • Retención del personal
  • Planificación de emergencias/formación del personal
  • Personal de seguridad adicional
  • Artículos de PPE
  • COVID-19 Actualizaciones de los locales, incluida la compra de otros equipos o programas informáticos nuevos para los protocolos de seguridad
  • Primas de seguro
  • Licencias, tasas, impuestos inmobiliarios y otros impuestos locales
  • Servicios públicos
  • Préstamos existentes
  • Recuperación de gastos diferidos por eventos cancelados, incluyendo depósitos de artistas, reembolsos de entradas, etc.
  • Proyectos especiales
  • Apoyo a los artistas y creadores

La financiación no puede utilizarse para:

  • Bienes inmuebles no relacionados
  • Costes previamente cubiertos por los programas federales de ayuda a la pandemia
  • Acuerdos legales
  • Bonificaciones a la plantilla
  • Reembolsos de indemnizaciones por despido
  • Campañas políticas o candidatos
  • Actividad ilegal